La Sociedad Pública de Alquiler reduce prestaciones

La Sociedad Pública de Alquiler (SPA) ya no pagará la renta a los propietarios mientras sus viviendas se encuentren desocupadas. Esta garantía era un gasto que “económicamente no se podía mantener”, argumentaron.

La citada modificación ya se está incluyendo en los nuevos contratos de alquiler, mientras que aquellos propietarios que encomendaron sus viviendas a la SPA con anterioridad seguirán disfrutando de este pago durante el tiempo que duren sus contratos. Así, los antiguos propietarios disfrutarán del “Alquiler Garantizado”, mientras que a los nuevos se les aplicará el “Alquiler con Garantías”.Otras de las razones para esta modificación responde a que el mercado del alquiler ha cambiado desde la puesta en marcha de la SPA, en abril de 2005, hasta el punto de que “el mercado de entonces no tiene que ver con el que hay ahora”, explicaron desde Vivienda. De esta forma, hace cuatro años el mercado necesitaba ciertos incentivos, como el pago de la renta en caso de desocupación, mientras que ahora no son necesarios o lo son otros, que vienen a cubrir iniciativas como las reformas legislativas en marcha para agilizar los desahucios o la Renta Básica de Emancipación.Este cambio tiene un efecto neutro para el propietario, por cuanto sencillamente no se le paga una renta mientras no se da uso a su piso, y, sin embargo, deja intactos el resto de los servicios añadidos, como los seguros ante impago o por destrozos en el inmueble una vez se encuentra un nuevo inquilino.

Se veía venir. Hemos comentado en más de una ocasión que este tipo de iniciativas se deben de dejar a los operadores privados: consiguen mejor resultados con menos gasto. Cuando la burocracia aterriza los gastos de gestión se multiplican.

Si recordamos nuestro artículo anterior, parece ser que teníamos razón: Sociedad Pública de Alquiler (SPA)

¿tú que opinas?

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Los precios del alquiler bajan

Todas las estadísticas nos indican que los precios medios del alquiler están bajando, y seguirán haciéndolo. Esta es una muy buena noticia para el sector, sobre todo para los que buscan casa.

Los propietarios tienen su propio vía crucis, con la inseguridad, lentitud de la justicia, y demás problemas, que, en gran medida, el Alquiler Garantizado del Arbitraje está mitigando.

El Arbitraje aporta seguridad a los alquileres.

Os dejamos algunos enlaces interesantes con estadísticas de precios:

¿has notado en tu barrio o ciudad que los precios hayan bajado?

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¿El arbitraje fomenta el alquiler?

Muchos visitantes nos mandan consultas acerca del papel del arbitraje en el alquiler.

Nosotros entendemos que el arbitraje sí fomenta el alquiler por varias razones.

La principal es la seguridad que da a las partes implicadas (propietario e inquilino) creando un marco jurídico seguro y ágil. En teoría, la justicia ordinaria debería facilitar a los propietarios e inquilinos un marco legal en el que se respetasen los derechos y deberes de ambos. Esa es la teoría. Pero la práctica difiere mucho de lo real, porque la dilación en los plazos judiciales aniquila cualquier derecho al no poder ejercitarlo o reclamarlo en un plazo razonable. Más de ocho meses para recobrar la posesión de un piso no son plazos razonables.

Y no creamos que esto sólo es una problemática de los propietarios. Verlo de esa manera es muy simplista; porque precisamente la inseguridad del propietario a la hora de alquilar es la que genera que se suba la renta, que se pidan avales bancarios o avalistas, o que simplemente no se alquile el piso.

A esto nos referíamos con fomentar el alquiler. Cualquier medida que genere seguridad en la transacción a cualquiera de las partes (propietario o inquilino) fomentará que se alquilen más pisos.

El arbitraje genera seguridad a las partes, porque cualquier controversia se resuelve en un plazo razonable (alrededor de un mes), existen productos que incluyen, además del arbitraje, los gastos de abogado y procurador, por un precio muy asequible (menos de 100 euros).

La segunda razón, y no por eso menos importante, es que, como hemos visto, el arbitraje en el alquiler no supone un coste excesivo. Presentar una demanda en la justicia ordinaria implica el desembolso de unos 1.000 euros. De 1.000 euros a 100 euros hay demasiada diferencia.

Además, el inquilino puede ofrecerle al propietario los productos de arbitraje y alquiler garantizado, por lo que en muchas ocasiones, no se le pedirá aval o avalistas.

En fin, contarnos vuestra experiencia con del arbitraje, y si creéis que fomenta el alquiler.

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ARRENTA promueve el arbitraje entre las Comunidades de Propietarios

ARRENTA, la asociación de fomento del arbitraje, ha sacado esta semana un producto revolucionario destinado a resolver los conflictos y litigios entre los propietarios en las comunidades.

El producto se llama ARRENTA COMUNIDADES y permite resolver de una manera fácil, rápida y económica las diferencias y conflictos que surgen entre los vecinos.

Tiene un coste anual muy ajustado (6 € por vecino y año), y nos evita los largos y costosos procedimientos judiciales; por no decir, las maratonianas Juntas en las que se discute y discute sobre temas legales que afectan a las comunidades.

El arbitraje que se propone se realiza a través de AEADE, que es una de las cortes de arbitraje más prestigiosas y con más garantías de España.

Desde ayudaalquiler.net recomendamos este novedoso producto, y os animamos a que nos déis vuestra opinión.

¿Cuánto vale la tranquilidad y paz ente vecinos? ¿Cuánto tiempo invertimos en discusiones y enfados entre vecinos? ¿En tu Comunidad hay algún vecino que haya cerrado la terraza sin permiso o no paga las cuotas?

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ARRENTA se consolida como líder en la promoción del alquiler garantizado

Resultados en 2008 de la Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda

ARRENTA ARRENTA HA ALQUILADO 111.086 INMUEBLES EN 2008 5000 profesionales del sector inmobiliario han utilizado o recomendado el alquiler seguro de ARRENTA en 2008 La Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda ARRENTA se consolida como la entidad privada líder en impulsar el alquiler en España con un total de 111.086 contratos de alquiler en 2008, cifra que supera un 16 por ciento la previsión.

Las Comunidades Autónomas donde se han logrado mayor número de contratos de alquiler son Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía, con un 26,1, 18,1 y 16,6 por ciento, respectivamente, sobre el total. La previsión de ARRENTA para 2009 es crecer en un 40 por ciento. El teléfono de información gratuita de ARRENTA abierto a propietarios e inquilinos es el 91 431 97 96 y la web donde encontrar mayor información es www.arrenta.es “Estamos enormemente satisfechos con estos resultados, pues ARRENTA se ha consolidado como el principal producto de alquiler seguro y el gran impulsor del arrendamiento en nuestro país”, explica Carlos Ruiz Pérez, Gerente de ARRENTA. Las razones del éxito han sido la seguridad que da a los propietarios la garantía del pago de las rentas, la flexibilidad y facilidades a los inquilinos para alquilar el inmueble, la rapidez de respuesta en caso de impago y la selección idónea de los inquilinos. “ARRENTA ha conseguido que los propietarios y los inquilinos confíen en alquilar porque es seguro. El porcentaje de impagos de rentas 2 de los contratos alquilados gracias a ARRENTA es del 0,5 por ciento, una cifra muy por debajo de la media. Además los plazos en resolver los conflictos se reducen a la mitad gracias al arbitraje de AEADE.”, explica el Gerente de ARRENTA. “Además, los propietarios valoran tener las espadas cubiertas en caso de impago gracias a la garantía del cobro de la renta de siete meses y los inquilinos agradecen la flexibilidad del producto en comparación a otros productos del mercado”, añade Carlos Ruiz Pérez.

Radiografía de los resultados de ARRENTA en 2008 Estos son los resultados conseguidos por Comunidades Autónomas, en cuento a número de contratos firmados y la previsión de crecimiento para el año actual: COMUNIDADES AUTÓNOMAS NÚMERO CONTRATOS POR COMUNIDADES PORCENTAJE (%) PREVISION CRECIMIEN TO EN 2009 (%) Andalucía 18.466 16,63 45 Aragón 2.587 2,32 38,5 Asturias 332 0.29 36 Baleares 1.492 1,35 37 Canarias 2.718 2,44 33 Cantabria 210 0,18 34 Castilla La Mancha 1.427 1,29 42 Castilla León 1.603 1,44 37 Cataluña 8.398 7,56 52 Ceuta 66 0,06 33 Comunidad de Madrid 29.084 26,18 51,5 Comunidad Valenciana 20.145 18,13 45,5 Extremadura 365 0,33 37 Galicia 2.343 2,10 37 Melilla 33 0,04 34 Murcia 2.608 2,35 41,5 Navarra 1.282 1,16 41 País Vasco 17.128 15,43 43 Rioja, La 800 0,72 42 Totales 111.086 100

Previsión Crecimiento Medio 40 ARRENTA BÁSICO, TOTAL y JUZGADOS Respecto a los diferentes productos comercializados por ARRENTA, el más comercializado ha sido ARRENTA BÁSICO, con el 75 por ciento de los 111.086 contratos, seguido de ARRENTA TOTAL, con el 18 por ciento y ARRENTA JUZGADOS con el 7 por ciento restante.

www.arrenta.es

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El Pocero entrega 2.000 pisos a cuatro entidades financieras al no poder pagar los créditos

Al menos cuatro entidades financieras se han quedado con unas 2.000 viviendas que el constructor Francisco Hernando, ‘El Pocero’, no ha vendido en la urbanización de El Quiñón de Seseña (Toledo).  Leer

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La nieve ha colapsado Madrid

Aunque este no sea un post relacionado con el alquiler, creemos que debemos hacer mención, aunque sea breve,  a la gran nevada que cubre España. Suerte a todos con las cadenas

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Se suprime definitivamente el Impuesto sobre el Patrimonio

Para algunos ha pasado desapercibido, pero el el 23 de diciembre pasado se aprobó definitivamente la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio.

La Ley que la suprime es la 4/2008, de 23 de dicembre.

Este es un paso importante hacia un régimen fiscal más justo y neutral. En base a este impuesto se hacían maravillas financieras (no exentas de riesgos y costes) para evitar su tributación o reducirla. Creo que es un gran adelanto.

Este 2009 empieza sin impuesto sobre el patrimonio y, supongo, centrándonos un poco más en sacar rentabilidad a nuestras inversiones y negocios, y perdiendo menos tiempo y esfuerzo en ver cómo pago menos a Hacienda.

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La sociedad pública de alquiler

Hoy hemos llamado a la Sociedad Pública de Alquiler (Ministerio de la Vivienda), y hemos comprobado personalmente cómo funciona el sistema de cesión del inmueble.

Os contamos los detalles para que saquemos entre todos las conclusiones oportunas:

Nos hemos metido en la página web, y como tenemos dudas llamamos por teléfono (902 13 02 13).

La sociedad pública de alquiler no funciona nada bien

La conversación fue más o menos la siguiente:

P: Perdone, pero no entiendo lo que dicen en su página web que el propietario (o sea, yo) negociaré con la Sociedad Pública el precio del alquiler que voy a recibir todos los meses.

R: Bueno, le explico. Usted tiene que dar de alta su vivienda, un técnico irá a verla y hará unas fotos. En unos días le mandará una nota del valor de renta que la Sociedad estima que puede cobrar atendiendo al precio de mercado.

P:¿Precio de mercado?

R: bueno, no exactamente precio de mercado, porque siempre será un poco menos. Dese cuenta de que le estamos dando una serie de servicios (seguros, le devolvemos el piso, en el mismo estado…)

P:¿Tiene algún coste más?

R: bueno sí, el técnico le va a cobrar 30 euros por visitar su casa. Ese importe le será devuelto si se decide a ceder la casa a la administración por el precio de renta que le han fijado.

Efectivamente, ahora nos explicamos el por qué del fracaso de esta iniciativa pública.

El sistema consiste en que el la administración recibe el piso en cesión para luego buscar un inquilino. El precio que te proponen (la renta que vas a recibir todos los meses) esta reducida en el coste que supone a la administración el seguro de rentas más el seguro de daños.

Es decir, lo que podría hacerse con productos privados (aseguradoras o arbitraje), lo hace una administración sin aportar nada nuevo. Y además, tienes que adelantar 30 euros para que un técnico te diga el precio de mercado de alquiler de tu piso. En fin, creemos que no aporta nada nuevo.

En nuestra opinión, la administración, si interviene en sectores de este tipo (asunto que da mucho que hablar), debería aportar valor a lo que hace. Uno de los grandes problemas que tiene el sector es la inseguridad jurídica de las relaciones arrendaticias: ¿por qué no destinar este dinero a que funcionen mejor las cosas?

¿qué opináis del sistema? ¿por qué está teniendo tan malos resultados estas iniciativas?

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El préstamo puente

De: Pedro Martínez

El tiempo que tarde actualmente en venderse en España una vivienda en propiedad ha crecido considerablemente. Según algunos expertos del sector, una casa que se pone en venta hoy necesitará entre 4 y 6 meses para encontrar un comprador.

Este alargamiento de los plazos se lo pone difícil a las personas que quieren adquirir un inmueble y aún no han vendido su antigua casa.

El préstamo puente soluciona este problema.

El préstamo puente soluciona este problema. Es un crédito que financia la compra de una vivienda de nueva construcción antes de vender la antigua, orientado, sobre todo, para aquellos vendedores que no cuentan con suficiente tiempo para vender su propiedad en las mejores condiciones y necesitan financiación para cubrir determinados gastos que se derivan de la compra de una vivienda sobre plano, como la reserva o la firma de la escritura.

Este tipo de préstamo, pues, surge como una posible solución para llevar a cabo las dos operaciones, compra y venta, de forma simultánea.

El cliente solicita un préstamo personal, con una duración determinada, que finalizará en el momento en que se constituya el préstamo hipotecario de la vivienda sobre plano.

Este cliente debe comprometerse a cancelar este préstamo personal en un plazo máximo, que suele oscilar los 12 meses, con el dinero conseguido de la venta de su antigua vivienda.

El interesado, además, tendrá que tener en cuenta una serie de intereses, más elevados que los correspondientes a una hipoteca tradicional, rondando el 6% y el 8%, además de los gastos de apertura, gestión y cancelación.

La razón de unos intereses tan altos está relacionada con la propia naturaleza del crédito y su cierta inseguridad, ya que la formalización de la nueva hipoteca depende de la venta de la antigua vivienda.

La Caixa, por ejemplo, es una de las entidades bancarias que ofrece actualmente este producto. Se trata de la Hipoteca Casa x Casa. “Con esta hipoteca puedes comprar ahora una casa nueva sin tener que vender la actual con prisas, porque te financiamos hasta el 80% del valor de la nueva casa y, además, te proporcionamos hasta el 80% del valor de tu vivienda actual”, se puede leer en la página web de La Caixa.

A diferencia de otro tipo de préstamos, el crédito puente permite unas negociaciones más abiertas, desde el capital máximo hasta el interés nominal, el diferencial o el plazo máximo y la carencia.

Con respecto a la documentación que se debe presentar, el banco suele pedir una fotocopia del DNI, la última renta, la nómina, un contrato de trabajo, el contrato de compraventa y una nota simple del Registro de la Propiedad que constate que la vivienda que se entrega como garantía esta escriturada a nombre del interesado.

Acerca del autor:

Fuente: Artículos Gratuitos Online de Articuloz.com

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